sábado, 16 de junio de 2007

TEMA Nº 1:



CONSTITUCIÓN DE LAS EMPRESAS

La sociedad es un contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria, con ánimo de repartir entre sí las ganancias.

SUS ELEMENTOS SON:

· La agrupación de 2 o más personas.
· La reunión con un fin común.
· Que ese fin consista en una utilidad apreciable en dinero.
· Que todos los socios participen en las ganancias y las pérdidas.

TIPOS DE SOCIEDADES:

- SOCIEDAD ANÓNIMA: es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones. Las acciones pueden diferenciarse entre sí por su distinto valor nominal o por los diferentes privilegios vinculados a éstas, como por ejemplo la percepción a un dividendo mínimo. Los accionistas no responden con su patrimonio personal, sino únicamente con el capital aportado.

- SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: es una sociedad mercantil en la que el capital social está dividido en cuotas sociales de distinto o igual valor representadas por títulos y en la que la responsabilidad de los socios se circunscribe exclusivamente al capital aportado por cada uno.

DIFERENCIAS ENTRE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS Y LAS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:

A pesar de la similitud entre la sociedad anónima y la sociedad de responsabilidad limitada (capital dividido en acciones o participaciones, responsabilidad de los accionistas/socios al capital aportado) la mayor diferencia entre ambas figuras radica en la personalidad de los socios de la Sociedad Limitada. Es decir, a pesar de que ambas figuras jurídicas se denominan sociedad capitalistas (donde lo que importa es el capital aportado), la sociedad limitada se distingue de la anónima en que, además de ser capitalista, da una importancia mayor a las personas que componen el bloque de inversores, no importando tan sólo el capital aportado. Por ello, cuando un socio quiera desprenderse de sus participaciones, los demás socios tendrán derecho preferente a adquirirlas, ya que, dado este carácter un poco más personalista, la sociedad limitada protege a los socios frente a entradas de nuevos socios no deseados.

PASOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA EMPRESA

1. Solicitar la asesoría de un abogado.
2. El primer paso formal para constituir una empresa, consiste en Reservar el nombre; para ello los socios deben dirigirse al registro mercantil y en el deberán:
3. Comprar y llenar una ficha, en la cual se debe indicar la denominación solicitada.
4. Cancelar la tarifa correspondiente a la reserva del nombre que es la equivalente a 18.800B.s
Una vez reservado el nombre, deberán esperar tres días hábiles mientras se averiguar si el mismo esta libre o ya esta repetido. En el caso de estar repetido, el solicitante deberá buscar otro nombre y llenar nuevamente esta ficha; así mismo deberá esperar tres días hábiles para tener una respuesta. Si el nombre está libre se deberá cancelar por caja el costo del registro, para luego hacer la debida presentación del acta constitutiva.
5. Luego de que tengo el nombre de la empresa, el abogado se encargara de Redactar el acta constitutiva, esto previa la elaboración de los estatutos por parte de los miembros de la organización.
6. Una vez redactada el acta constitutiva y antes de su la presentación ante el registro, se deben llevar a cabo dos actividades:

1.- En primer lugar se debe aperturar una cuenta bancaria a nombre de la empresa, en esta cuenta que es provisional, se depositara el aporte hecho en efectivo por cada uno de los accionistas, dicho aporte podrá variar, esto dependerá de si lo que se quiere constituir es una sociedad anónima o una sociedad de responsabilidad limitada. (20% y un 50% respectivamente).
2.- La siguiente actividad es desarrollada por el abogado, el cual se encargara de visar el documento constitutivo de la empresa, en el colegio de abogados correspondiente.

Una vez llevadas a cabo estas actividades, el abogado junto con los socios deberá llevar el acta constitutiva al Registro mercantil para su presentación legal, esto con el fin de cumplir las obligaciones legales correspondientes. Además del acta deberán presentar una serie de requisitos necesarios como lo son:

1. Fotocopia de la cedula de identidad de cada uno de los socios o accionistas.
2. Balance mobiliario (balance inicial o de apertura), firmado por un contador público o administrador y visado por el respectivo colegio.
3. Carta de aceptación del cargo de comisario.
4. Autorización de los cónyuges de los accionistas.
5. Si hay aportes de bienes inmuebles, vehiculo o maquinaria pesada, copia del titulo de propiedad
6. Comprobante bancario, en el que consten los aportes en efectivo hechos por cada uno de los socios.

Estando en el Registro Mercantil se lleva a cabo el pago de aranceles correspondientes a la constitución de la empresa esto va a depender del monto por el cual esta haya sido constituida.

Una vez inscrita la empresa en el registro mercantil, los propietarios están en la obligación de publicar el documento constitutivo de la misma, en un diario de circulación nacional, esta es otra de las obligaciones iniciales de todo comerciante, está publicación deberá hacerse dentro de los primeros quince días hábiles.

BIBLIOGRAFÍA:
http://www.monografias.com/trabajos26/constitucion-empresa/constitucion-empresa.shtml
http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_sociedades

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