LA IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA
CONCEPTO
CONCEPTO
IMPORTANCIA Y NECESIDAD DE LA IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA
El aumento de la base de contribuyentes que se produce durante el último cuarto del siglo XX, unido a la aparición de nuevas herramientas de gestión más eficaces y con capacidad para tratar y procesar grandes cantidades de datos, hace que las administraciones tributarias comiencen a confeccionar primero, para depurar y corregir después, listados o relaciones de contribuyentes hasta conseguir finalmente contar con unos censos o padrones que les han permitiendo realizar con mayor economía, celeridad y eficacia la labor que la Ley les encomienda y que no es otra que la de conseguir, mediante la recaudación de impuestos, tasas o contribuciones especiales, los ingresos necesarios para el sostenimiento del Gasto público.
NÚMERO DE INDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA Y REGISTRO ÚNICO DE INFORMACIÓN FISCAL
1. NIT: “número de identificación tributaria” instrumento que fue eliminado por el SENIAT a causa de la creación del registro único de información fiscal RIF.
2. RIF: es un registro destinado al control tributario, en el cual deben de inscribirse las personas naturales o jurídicas, las comunidades y las entidades o agrupaciones sin personalidad jurídica susceptibles en razón de los bienes o actividades, de ser sujeto o responsable del impuesto.
QUIENES DEBEN ELABORAR LA INSCRIPCIÓN EN EL RIF:
- Personas Naturales
- Personas Jurídicas
- Organismo Gubernamental
- Sucesiones
COMO ELEBORAR SU INSCRIPCIÓN EN EL RIF:
1.- Ingrese a la página Web del SENIAT www.seniat.gov.ve
2.- Ingrese su usuario y clave.
3.- En caso de no poseerlos, ingrese a la opción “Regístrese” y llene los da los solicitados. Es importante señalar que para realizar este registro es indispensable poseer un correo electrónico.
4.- En el Menú Principal de RIF, haga clic en la opción “RIF” y posteriormente seleccione la opción “Actualización”. El sistema desplegará una pantalla en la que le aparecerá el siguiente mensaje de acuerdo al Tipo de Contribuyente:
A. PERSONAS NATURALES:
1. En “Datos Básicos” podrá actualizar los siguientes campos: Nombre, Fecha de Nacimiento, Tipo de Actividad, Estado Civil, Correo Electrónico, Sexo.
2. En “Direcciones” podrá actualizar: Domicilio Fiscal, Ingresar o Eliminar Establecimiento, Sucursal, Otros.
3. En la opción “Cargas Familiares” podrá Ingresar o Eliminar Cargas.
4. En la opción “Firmas Personales” únicamente podrá Ingresar o Eliminar Firmas Personales.
B. PERSONAS JURÍDICAS:
- Personas Jurídicas
- Organismo Gubernamental
- Sucesiones
COMO ELEBORAR SU INSCRIPCIÓN EN EL RIF:
1.- Ingrese a la página Web del SENIAT www.seniat.gov.ve
2.- Ingrese su usuario y clave.
3.- En caso de no poseerlos, ingrese a la opción “Regístrese” y llene los da los solicitados. Es importante señalar que para realizar este registro es indispensable poseer un correo electrónico.
4.- En el Menú Principal de RIF, haga clic en la opción “RIF” y posteriormente seleccione la opción “Actualización”. El sistema desplegará una pantalla en la que le aparecerá el siguiente mensaje de acuerdo al Tipo de Contribuyente:
A. PERSONAS NATURALES:
1. En “Datos Básicos” podrá actualizar los siguientes campos: Nombre, Fecha de Nacimiento, Tipo de Actividad, Estado Civil, Correo Electrónico, Sexo.
2. En “Direcciones” podrá actualizar: Domicilio Fiscal, Ingresar o Eliminar Establecimiento, Sucursal, Otros.
3. En la opción “Cargas Familiares” podrá Ingresar o Eliminar Cargas.
4. En la opción “Firmas Personales” únicamente podrá Ingresar o Eliminar Firmas Personales.
B. PERSONAS JURÍDICAS:
2. En “Direcciones” podrá actualizar el Domicilio Fiscal, así como Ingresar o Eliminar Establecimiento, Sucursal, etc.
3. En la opción “Relaciones” podrá actualizar los datos del Representante Legal, así como Ingresar o Eliminar Socios, Directivos.
4. En la opción “Registro Mercantil” actualice los datos de creación en el Registro o constitución.
REGISTRO DE INFORMACIÓN TRIBUTARIO DE TIERRAS (RITTI)
El RITTI al igual que el RIF es un código que identifica a las personas poseedores de tierras, este es otro instrumento de los que se vale la administración tributaria con el fin de establecer un control.
Es obligatorio que toda persona que posea tierras rurales, se inscriba, es por ello que se deben de dirigir a la División de Recaudación (Unidad de RIF) de la Gerencia Regional de Tributos Internos correspondiente a su domicilio fiscal, a fin de inscribirse en el Registro de Información Tributario de Tierra (RITTI).
BIBILIOGRAFÍA
http://es.wikipedia.org/wiki/Identificación_tributaria
http://www.dian.gov.co/content/ayuda/guia_rut1/content/main/manual/paginas/n.htm
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