LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCyMAT)
OBJETO DE ESTA LEY:
OBJETO DE ESTA LEY:
Establece las instituciones, normas y lineamientos de las políticas, y los órganos y entes que permitan garantizar a los trabajadores, condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y la promoción e incentivo al desarrollo de programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social. Establece las sanciones por el incumplimiento de la normativa.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
ÁMBITO DE APLICACIÓN
LOS ENTES DE GESTIÓN
1.- El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional.
2.- El Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los Trabajadores, instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional.
EXISTEN 3 ASPECTOS IMPORTANTES
2.- El Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los Trabajadores, instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional.
EXISTEN 3 ASPECTOS IMPORTANTES
· La seguridad: relacionada con las disciplinas que evalúan y controlan los factores de riesgo derivados del centro de trabajo, sus instalaciones, las máquinas, los equipos de trabajo, los procesos y los productos, señalando las medidas colectivas o individuales para su prevención.
· La Ergonomía: busca mejorar la seguridad en el trabajo, que las actividades puedan realizarse de la manera más cómoda y que genere menos cansancio. Esto a través de la implementación de nuevas maquinas que faciliten el trabajo, o disposición de lugares de descanso.
MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO
Son los lugares, locales o sitios, cerrados o al aire libre, donde personas presten servicios a empresas, centros de trabajo, explotaciones, faenas y establecimientos, cualquiera sea el sector de actividad económica; así como otras.
DEBERES DE LOS EMPLEADORES
DEBERES DE LOS EMPLEADORES
Deben adoptar las medidas necesarias para garantizar a los trabajadores las condiciones de salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo, así como programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social e infraestructura para su desarrollo.
DERECHOS DE LOS TRABAJADORES
Tienen derecho a obtener de los servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo toda la información sobre salud, que se encuentren a disposición del patrono y especialmente, la relativa a los exámenes de salud que les sean realizados.
DELEGADOS DE PREVENCIÓN
DELEGADOS DE PREVENCIÓN
Existe una serie de personas, que se encargarán de hacer cumplir con estos deberes a los empleadores, estos son los delegados, que son los representantes de los trabajadores los cuales se encargarán de la vigilancia, control y evaluación de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
BIBLIOGRAFÍA:
http://www.inpsasel.gov.ve/paginas/lopcymat.htm
http://www.consultorasearch.com/glosario.htm
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