sábado, 16 de junio de 2007

TEMA Nº 5


LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCyMAT)

OBJETO DE ESTA LEY:
Establece las instituciones, normas y lineamientos de las políticas, y los órganos y entes que permitan garantizar a los trabajadores, condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y la promoción e incentivo al desarrollo de programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social. Establece las sanciones por el incumplimiento de la normativa.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Las disposiciones de esta Ley son aplicables a los trabajos efectuados bajo relación de dependencia por cuenta de un empleador, el lugar donde se ejecute, persiga o no fines de lucro, sean públicos o privados existentes o que se establezcan en el territorio de la República, y en general toda prestación de servicios personales donde haya patronos y trabajadores, sea cual fuere la forma que adopte, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley.

LOS ENTES DE GESTIÓN
1.- El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional.

2.- El Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los Trabajadores, instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional.

EXISTEN 3 ASPECTOS IMPORTANTES

· Higiene: relacionada con la ciencia y el arte dedicados al reconocimiento, evaluación y control de los factores ambientales o tensiones emanadas o provocadas por el lugar de trabajo y que pueden ocasionar enfermedades, destruir la salud y el bienestar o crear algún malestar entre los trabajadores o ciudadanos de la comunidad.
· La seguridad: relacionada con las disciplinas que evalúan y controlan los factores de riesgo derivados del centro de trabajo, sus instalaciones, las máquinas, los equipos de trabajo, los procesos y los productos, señalando las medidas colectivas o individuales para su prevención.
· La Ergonomía: busca mejorar la seguridad en el trabajo, que las actividades puedan realizarse de la manera más cómoda y que genere menos cansancio. Esto a través de la implementación de nuevas maquinas que faciliten el trabajo, o disposición de lugares de descanso.

MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO
Son los lugares, locales o sitios, cerrados o al aire libre, donde personas presten servicios a empresas, centros de trabajo, explotaciones, faenas y establecimientos, cualquiera sea el sector de actividad económica; así como otras.

DEBERES DE LOS EMPLEADORES
Deben adoptar las medidas necesarias para garantizar a los trabajadores las condiciones de salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo, así como programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social e infraestructura para su desarrollo.
DERECHOS DE LOS TRABAJADORES
Tienen derecho a obtener de los servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo toda la información sobre salud, que se encuentren a disposición del patrono y especialmente, la relativa a los exámenes de salud que les sean realizados.


DELEGADOS DE PREVENCIÓN

Existe una serie de personas, que se encargarán de hacer cumplir con estos deberes a los empleadores, estos son los delegados, que son los representantes de los trabajadores los cuales se encargarán de la vigilancia, control y evaluación de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

BIBLIOGRAFÍA:
http://www.inpsasel.gov.ve/paginas/lopcymat.htm
http://www.consultorasearch.com/glosario.htm

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